Reconocimientos médicos

En Centro Médico Arenal le ofrecemos el mejor servicio de exploración médico psicotécnica para la obtención o renovación de su PERMISO DE CONDUCIR EN SEVILLA.
Puede renovar su permiso de conducir con tres meses de antelación, manteniendo la fecha de caducidad del mismo, además no necesitará ir a la DGT para realizar este trámite:
- Tramitamos por usted su renovación SIN CARGO ADICIONAL y le entregamos de forma inmediata una autorización provisional emitida por la DGT para conducir mientras recibe su nuevo carnet en formato tarjeta.
- Nos encargamos de resolver cualquier incidencia en la DGT hasta que reciba su nuevo carnet.
Documentos que debe presentar
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Licencia de conducción a renovar en caso de que disponga de una.
Certificados médicos para navegación

Para la expedición, renovación o convalidación de las licencias otorgadas para el manejo de embarcaciones de recreo se necesita igualmente un certificado médico que avale las aptitudes físicas y psíquicas del aspirante.
La legislación vigente establece las siguientes titulaciones náuticas y sus atribuciones:
- Capitán de Yate: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela para la navegación sin límite alguno, cualquiera que sean la potencia del motor y las características de la embarcación. Además, podrán gobernar motos náuticas.
- Patrón de Yate: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 20 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además, podrán gobernar motos náuticas.
- Patrón de Embarcación de Recreo: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además, podrán gobernar motos náuticas.
- Patrón para Navegación Básica: Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora si son de vela y de hasta 7,5 metros de eslora si son de motor, con la potencia de motor adecuada a la misma, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas, en cualquier dirección, de un abrigo. Además, podrán gobernar motos náuticas.
- Patrón de Moto Náutica A: Manejo de motos náuticas de potencia igual o superior a 110 CV.
- Patrón de Moto Náutica B: Manejo de motos náuticas de potencia superior a 55 CV e inferior a 110 CV.
Centro Médico Arenal tiene la capacidad de emitir el certificado médico requerido para la obtención de cualquiera de las titulaciones náuticas mencionadas.
Documentos que debe presentar
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Licencia a renovar en caso de que disponga de una.